Barahona.- Un
comunicador denunció que presuntamente la dirección del Liceo Católico
Tecnológico de Barahona (LICATEBA), está exigiendo a los estudiantes el pago de
200 pesos mensuales de los meses agosto, septiembre, octubre, noviembre y
diciembre, para que puedan tener el derecho de tomar los exámenes
cuatrimestrales, contrario a lo que establece la resolución del Ministerio de
Educación que prohíbe cobros en las escuelas y liceos públicos o que son
subvencionados por el Estado.
El licenciado Darlin
Cuevas, integrante del programa Acción Mañanera de Palma 90.7 FM, dijo
que el padre de una joven de escasos recursos que recibe docencia en este
centro, denunció que la dirección del LICATEBA, advirtió que de no cumplir el
pago de 200 pesos del periodo
Agosto-Diciembre, los estudiantes no recibirán exámenes cuatrimestrales.
El comunicador hizo un llamado al director regional de Educación, Ramón López
Ynoa, para que investigue esta situación que afecta a cientos de estudiantes de
este liceo, quienes están supuestamente siendo presionados a pagar esta suma de
dinero y de lo contrario no concluirán las evaluaciones correspondientes.
Se recuerda que el año 2014 la dirección Regional de
Educación 01-03 de Barahona emitió una circular donde se desautorizaba el cobro
de dinero, bajo ningún concepto, a los
estudiantes en los planteles educativos públicos de esta regional.
CIRCULAR
Con fecha del 14 de Julio del 2014 continuación la circular
de la Regional de Educación.
Circular No. 1-2014
A: Directores y
Subdirectores de distritos educativos
Directores y directores de centros educativos de Básica y de
Media
Asociaciones de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la
Escuelas (APMAEs)
PRESENTES.
Asunto: Reiteración cumplimiento normativa en proceso de
inscripción de estudiantes.
Muy respetados señores:
Esta Dirección Regional 01 de Educación ve con suma
preocupación el hecho de que directores de centros educativos de esta
jurisdicción educativa en ocasión del proceso de inscripción del año escolar
2014-2015 están recurriendo a prácticas lesivas e ilegítimas que contravienen
el marco legal y de sensibilidad social de nuestra institución perjudicando con
ellas a las familias pobres de nuestras comunidades en franco desafío a lo
establecido por el Reglamento Orgánico del Ministerio de Educación según el cual
“la Dirección del Centro Educativo debe velar por el cumplimiento de las
disposiciones legales y de las emanadas por los organismos superiores” de este
ministerio.
La Ley 66-97 garantiza la gratuidad de la educación y crea
las condiciones para que toda la población tenga igual posibilidad de acceso a
todos los niveles y modalidades de la educación pública.
En ejercicio de las facultades que nos confiere esta misma
ley y el Reglamento Orgánico del Ministerio de Educación que nos hace
“responsable de la aplicación de la
política educativa en el contexto regional y ejercer el control y la
fiscalización de las acciones” estamos procediendo a:
Desautorizar la venta de los t shirs y suspender en lo
inmediato las llamadas “promociones” por parte de la dirección de centros
educativos ya que son violatorias de la reglamentación que establece el uso del
uniforme para todos los estudiantes en el territorio nacional y atentatorias y
fomentadoras de inequidad educativa.
Las llamadas “promociones” es una figura que no se contempla
en ninguno de los reglamentos del Minerd y establecer la compra de un uniforme
que no sea el establecido por el Ministerio de Educación como requisito para un
estudiante ser inscrito es ilegal.
Desautorizar el cobro de dinero, bajo ningún concepto, para
inscribir a los estudiantes en los planteles educativos públicos de esta
regional. La educación pública es totalmente gratuita.
Restablecer el uso del uniforme oficial en todos los centros
y grados de las escuelas de esta regional educativa: “Pantalón caqui, en el
caso de los varones, pantalón y/o falda color caqui, en el de las hembras, y
camisa color azul para ambos sexos”.
Advertir que ningún organismo de co-gobierno o de apoyo puede
autorizar acciones que entren en contradicción con la legislación educativa
vigente y que de alguna manera vulnere el acceso libre y gratuito a la
educación pública.
Hacer cumplir el artículo 29 de la Ordenanza No. 9-2000 que
establece que “Cualquier director o profesor que usare la Asociación de Padres,
Madres, Tutores y Amigos de la Escuela para cobrar cuotas no autorizadas en
este reglamento será sancionado de acuerdo con el procedimiento establecido en
la Ley de Educación No. 66´97.
Responsabilizar al director o directora de centro educativo
que por extralimitar sus funciones más allá a las de su competencia conduzca a
su centro educativo hacia una condición de ilegalidad.
Por último, recordamos que la Ley 136 Art. 50 establece que
“los miembros de las familias están autorizados a presentar ante las oficinas
del distrito educativo y/o de la Regional cualquier denuncia sobre acciones que
entiendan vulneran los derechos de sus hijos a una educación gratuita”.
Estamos responsabilizando a los directores de distritos
educativos y a los encargados de los niveles Básico y Medio de la Regional 01
de Barahona de darle seguimiento y velar por el cumplimiento de las letras de esta circular.
LIC. RAMON ALBERTO LOPEZ
YNOA
Director Regional de Educación 01 de Barahona