Barahona.- Mientras la Junta Electoral conoce en sesión
extraordinaria revisar la relación de votos de los niveles «D y D-1», de dos
colegios electorales, el Tribunal Superior Electoral (TSE), dictaminaba lo
contrario, echando una “pasta de jabón al sancocho”.
El organismo declaró inadmisible un recurso incoado por la
dirección municipal del Partido Revolucionario Moderno (PRM), contra la
elección a diputado de Carlos García López.
La dirección municipal del partido que resultó vencedor de
los comicios presidenciales y en control del Congreso, así como el diputado
Miguel Florián, incoaron un recurso el pasado día 16 en contra de la resolución
de la Junta Central Electoral (JCE), 15-2020, pero ha sido rechazado.
Para su decisión el TSE expresó que la misma está fuera de
plazo de las 48 horas, prevista en el artículo 26, de la Ley 29-11 y 138 del
Reglamente Contencioso Electoral, argumentando que el plazo venció el 11 de
julio, pero se recurrió el día 16, pasado el plazo para esos fines.