BARAHONA: El Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, descargó de toda responsabilidad penal a la joven Yrenis Margarita Castro Matos, quien fue acusada por la Fiscalía de Barahona, de haberle dado muerte a su esposo en la madrugada del 13 de marzo del año 2020.
El tribunal se pronunció en tal sentido acogiendo la teoría y el pedimento del equipo de abogados que estuvieron en la defensa técnica de la imputada Yrenis Margarita Castro Matos. Los abogados Yván Ariel Gómez Rubio, Gilbert Matos, Amelia Ledesma Agramonte y Bernys Melina Ledesma, alegaron que la acusada actuó en legitima defensa porque su vida corría peligro, por lo que, no se advierte que ella haya actuado cegada por el animus necandi ni la irracionalidad denunciada respecto del medio empleado para impedir o repeler la agresión.
Alegaron los abogados defensores que los articulo 328 y 329 del Código Penal Dominicano, señalan que, No hay crimen ni delito, cuando el homicidio, las heridas o los golpes se infieran por la necesidad actual de la legítima defensa de sí mismo o de otro.
Asimismo, que se reputa necesidad actual de legítima defensa, los casos siguientes: 1o. cuando se comete homicidio o se infieren heridas, o se den golpes rechazando de noche el escalamiento o rompimiento de casas, paredes o cercas, o la fractura de puertas o entradas de lugares habitados, sus viviendas o dependencias; 2o. cuando el hecho se ejecuta en defensa de la agresión de los autores del robo o pillaje cometidos con violencia.
Fuente:elfarodelsur.com